No hay una respuesta automática: podría aplicar una vía según tu parentesco, fechas, lugar de nacimiento y reglas vigentes. La reforma de 2025 incorporó límites y excepciones que requieren una revisión cuidadosa del caso ante la autoridad competente.
El artículo 3-bis, incorporado por el Decreto-Ley 36/2025 convertido por la Ley 74/2025, establece una regla general para nacidos en el extranjero con otra ciudadanía y prevé excepciones. No conviene inferir elegibilidad solo a partir de un antepasado italiano.
El Consulado General de Italia en Buenos Aires publica esas excepciones —letras a), a-bis), b), c) y d) del artículo 3-bis— en su página de reconstrucción de la ciudadanía. Esa página es la referencia para el caso; citiz sirve para llevar al árbol solo los hechos que puedas distinguir como documentados.
Convertí la consulta en un expediente ordenado: identificá a cada generación, separá hechos comprobados de relatos y conservá la fuente de cada dato.